jueves, 16 de abril de 2015

P.O.A.T.

POAT


Se trata de una guía para la elaboración del plan de orientación y acción tutorial en los institutos de secundaria.
El POAT consistuye el instrumento pedagógico-didáctico que articula el conjunto de actuaciones del equipo docente. 

La guía contiene una pequeña presentación en la que se expone el concepto de orientación educativa. 
Como bien se nos explica en la introducción cada centro incluye su proyecto de POAT y es el departamento de orientación el responsable de elaborar una propuesta de acuerdo con la coordinación pedagógica y el profesorado que ostenta las tutorías. 
La orientación lleva unos objetivos planificados y con el diseño de estrategias específicas para conseguirlos. 

Este plan de orientación y acción tutorial ha sido regulado en varios aspectos por la orden del 27 de Julio de 2006. 
Dicho plan debe incluir:  la acción tutorial, la orientación académica y profesional y la atención a la diversidad.

Según la orden mencionada anteriormente, en el artículo 7 se establece que en la organización de la acción tutorial deben incluirse: (´Todos los subapartados de los siguientes epígrafes se encuadran en la guia del POAT)

- Los objetivos que se pretenden conseguir para cada grupo o etapa de enseñanza.
- Criterios para la selección de las intervenciones más adecuada a cada grupo.
- Criterios generales a los que se ajustarán las intervenciones individualizadas de los alumnos.
- Descripción de procedimientos para recoger y organizar datos académicos y personales de cada alumno y alumna.
- Procedimientos para la comunicación de datos a los familiares.
- Organización de la coordinación entre los distintos profesores que ostentan la acción tutorial.
- Coordinación entre todos los miembros del equipo educativo de cada grupo.
- Distribución de responsabilidades entre los distintos miembros del equipo educativo.
- Seguimiento y evaluación de la acción tutorial.

En referencia a la orientación académica y profesional el artículo 18 de la orden de 27 de julio de 2006,establece que la organización de la orientación académica y profesional deberá incluir los siguientes elementos: 

A ) Los objetivos de la orientación académica y profesional para todas y cada una de las etapas y enseñanzas que se imparten en el centro. 
B ) Los criterios por los que se regirán la selección de los programas de orientación profesional que se desarrollarán en todas y cada una de las diferentes etapas y enseñanzas que se imparten en el centro. 
C) Los diferentes tipos de actuaciones que se desarrollarán con el alumnado y las familias, para la consecución de los objetivos establecidos. 
D ) Los procedimientos de coordinación entre todos los y las profesionales que participen en la aplicación de los programas. 
E ) Los procedimientos para realizar el seguimiento y la evaluación de las actividades de orientación académica y profesional.


Igualmente los puntos anteriores se cumplen en referencia a la atención a la diversidad según el artículo 21 de la orden del 27 de Julio de 2006.

A ) Los objetivos generales para la atención a la diversidad en relación con el Departamento de Orientación. 
B ) Los criterios para la atención del alumnado por parte de los distintos miembros del Departamento de Orientación. 
C ) Los procedimientos para la coordinación y el asesoramiento al profesorado en las medidas de atención a la diversidad. 
D ) Las actuaciones del Departamento de Orientación en relación con las medidas de atención a la diversidad. 
E ) La planificación y organización de los apoyos, dentro y fuera del aula ordinaria.
F ) Las estrategias de colaboración con las familias del alumnado beneficiario de las medidas de atención a la diversidad.
G) Organización y utilización de los recursos personales y materiales de que dispone el departamento de orientación en relación con la atención a la diversidad.
H) Los procedimientos para el seguimiento y evaluación de las actividades llevadas a cabo.

Extraido de http://www.juntadeandalucia.es/averroes/mariacoronel/Textos/01Colegio/Guia_accion_tutorial.pdf







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